DECISIÓN
En virtud de lo antes expuesto, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA: INADMISIBLE POR EXTEMPORANEO el recurso de apelación interpuesto por los abogados JOSE LUIS GONZALEZ SAENZ y FERNANDO URDANETA TABORDA, actuando en su carácter de defensores de la ciudadana IRONU COROMOTO MORA, en contra de la decisión N° 8J-106-09, dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual se declaró parcialmente con lugar la solicitud de la ciudadana antes mencionada, y se desestimó la acusación presentada en su contra, por el delito de FALTA DE DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD y/o DESACATO, previsto y sancionado en el artículo 483 del Código Penal, cometido en perjuicio del orden judicial. Todo ello conforme a lo previsto en el artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, e.....