DECISIÓN:
En orden a los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano RIGOVERTO JESUS MANZANAREZ, titular de la cédula de identidad número V-9.503.063 contra CONSORCIO GHELLA, C.A., y el tercero voluntario GHELLA SOGENE, C.A. En consecuencia se condena a la CONSORCIO GHELLA, C.A Y al tercero voluntario GHELLA SOGENE, C.A cancelar al accionante RIGOVERTO JESUS MANZANARES la cantidad de Bs. 98.492,00 suma que comprende lo liquidado por concepto de la indemnización acordada al amparo de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo y la indemnización del daño moral sufrido por el accionante.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Desp.....