DECISIÓN
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: SE DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 20 de octubre de 2015, por el profesional del derecho PABLO EMILIO SEIJAS, Defensor Público Centésimo Décimo (110°) del Área Metropolitana de Caracas, quien actúa en su carácter de defensor de los ciudadanos ENYERVIN QUIÑONEZ Y WLADIMIR ESPINOZA, contra la decisión dictada el 15 de Octubre del 2015, por el Juzgado Décimo Sexto (16°) de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual "...decreta LA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de los ciudadanos QUIÑONES ALBORNOZ ENYERVIN GIULIANNY Y SALINAS ESPINOZA WLADIMIR JOSE, ampliamente identificado (sic) en autos ante.....