Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
1.PRIMERO: SE DECLARA DEFINITIVAMENTE FIRME el decreto intimatorio librado por este Tribunal en fecha catorce (14) de agosto del presente año.
2.SEGUNDO: Se fijará la fecha para la constitución del Tribunal mediante auto separado, con previo cumplimiento de las formalidades pertinentes para el desarrollo de la ejecución forzosa.