´DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación en fecha 10 de marzo de 2020, por el abogado WILIAN DÍAZ GUZMÁN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.435 en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la Sentencia Definitiva dictada en fecha 24 de enero de 2019, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. SEGUNDO: SIN LUGAR la RECONVENCIÓN por RESOLUCIÓN DE CONTRATO planteada en el escrito de contestación de la demandada por la ciudadana, ARELIS COROMOTO PÉREZ BARRIOS, mediante apoderado judicial. TERCERO: CONFIRMA en todas sus partes la Sentencia Definitiva dictada en fecha 24 de enero de 2019, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial de.....