Este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación conforme a los fundamentos antes señalados, administrando Justicia y en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta Medida Provisional de Administración de bienes en beneficio del adolescente antes mencionado, en consecuencia se ordena la apertura de una cuenta de ahorros en la entidad bancaria Bicentenario a nombre del adolescente (Identidad omitida en concordancia con el art. 65 de la LOPNNA) a los fines de llevar el control y deposito de los cánones de arrendamiento del citado inmueble.