En base a las precedentes consideraciones, esta Sala N° 02 de la Corte de Apelaciones en lo Penal y Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: UNICO: DECLARA IMPROCEDENTE SOBREVENIDAMENTE el recurso de apelación interpuesto por la Abogada IDALIA MAGALY RODRIGUEZ, Defensora Privada, actuando en representación del ciudadano JESUS MANUEL MORENO CEDEÑO, en contra de la decisión dictada en fecha 23 de Enero de 2014 y motivado su texto integro en fecha 27 de Enero de 2014, por la Jueza en Funciones de Control Cuarta de este Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, en el asunto signado bajo en Nº GP01-P-2014-000405, mediante el cual decreto Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al imputado: JESUS MANUEL MORENO CEDEÑO, por la presunta comisión del delito de POSECION DE ARMA DE FUEGO, previsto y .....