´´´Por tal virtud, este juzgado acuerda, la suspensión de la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por este Juzgado en fecha 18 de diciembre de 1998, bajo oficio N° 624, que recayó sobre el bien inmueble que a continuación se especifica: "Ubicado en el parcelamiento El Portón, entre Las Urbanizaciones El Márquez y Horizonte del Municipio Sucre del Estado Miranda, el cual se encuentra comprendido entre los siguiente linderos: NORTE: Con parcela Nro. 34 del parcelamiento El Portón; SUR: Con parcela Nro. 36, del parcelamiento El Portón; ESTE: Con calle "C" del parcelamiento El Portón; y OESTE: Con Urbanización Horizonte. Dicho inmueble le pertenece al ciudadano ORLANDO JOSE VALIENTE EBRATT, según consta del documento de fecha 09 de diciembre de 1988, bajo el Nro. 19, Tomo 33, Protocolo Primero." Líbrese oficio a la Oficina Subalterna correspondiente. Cúmplase.-´´´