Visto el escrito consignado en fecha 18/12/2025 anexo a la Tercera Pieza del cuaderno principal, suscrita por el ciudadano ALI YOUSSEF EL SAHELE EL SAHLI, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-31.933.199, debidamente asistido en este acto por el abogado en ejercicio RAMON DARIO SOSA CARABALLO, Venezolano, mayor de edad, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 62.722, actuando en este acto con el carácter de adjudicatario del bien inmueble que fue objeto de remate, mediante la cual solicita el levantamiento de la medida decretada en fecha 02/12/2024 en el presente expediente. En consecuencia de ello, y por cuanto consta en acta de remate de fecha 17/12/2025, que el inmueble fue adjudicado al ciudadano antes mencionado, el cual consignó por ante este Despacho Judicial un cheque con la cantidad de tres millones setecientos setenta y dos mil cuatrocientos catorce bolívares con ochenta céntimos (3.772.414,80), dando así cumplimiento a lo establecido en el artículo 572 d.....