DISPOSITIVA.
En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal de Ejecución Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Ejecuta la Sentencia dictada al Sancionado: IDENTIDAD OMITIDA, plenamente identificado, por el término de un (01) año, quien ha permanecido detenido durante nueve (09) meses y dos (02) días, faltándole por cumplir dos (02) meses y veintiocho (28) días, finalizando la sanción a la fecha 29- 04-2011. la cual será cumplida en el Centro Socio Educativo "Dr. Pablo Herrera Campins, El Manzano, de conformidad con lo establecido en los artículos 49.3 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 12.2 de la Convención sobre los Derechos del Niño y 542 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, que garantiza al sancionado antes identificado, el derecho a ser oído, se fija Audiencia de acuerdo a la disponibilidad de la agenda única del Tribunal, el día 28 de Febrero de.....