En virtud de lo anterior, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, por autoridad de la Ley y nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara: CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales incoada por la ciudadana JHOSELINE FRONILDE RAMIREZ, identificada en autos, contra la sociedad mercantil Sociedad Mercantil CONSULTORIO VETERINARIO DRA MARIANA MENDOZA. En consecuencia se condena a la demandada a pagar la cantidad de Bs. 5.763,92, por los conceptos de:
Prestación de Antigüedad e intereses: Bs. 6.096,11
La cual fue calculada sobre la base de los salarios indicados por la actora al folio 02.
Por Vacaciones y Bono Vacacional: Fraccionado la cantidad de 20.17 días x Bs. 115.25= Bs. 2.324,59
Por Fracción de Utilidades: 8.75 días x Bs. 127,47 = Bs. 1.115,36
TOTAL CONDENADO Bs. 9.536.06
A dicha monto, se le descontara la cantidad de Bs 3.772,14, que se.....