(...)
En lo atinente a la Exhibición de Documentos promovida en el Capítulo II del escrito de promoción de pruebas, de las originales de las documentales marcadas con las letras "C", "D", "E", "F" y "G", se admite en cuanto ha lugar en derecho, por lo que se apercibirá a la demandada a la exhibición de los documentos solicitados a exhibir. ASÍ SE ESTABLECE. (...)