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DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada NANCY HURTADO MARTINEZ, apoderada judicial parte demandante, ciudadana MIREYA MILANO DE AMAYA; SEGUNDO: SE REVOCA la decisión dictada en fecha 09 de agosto de 2024 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, mediante la cual se declara extemporáneo por tardío el escrito de promoción de pruebas presentadas por la parte demandante; TERCERO: SE ORDENA al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, pronunciarse sobre la admisión de las pruebas promovidas.....