DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA LA TACHAanunciada por la abogada NIORKIZ MARGARITA AGUIRRE BARRIOS, titular de la cédula de identidad Nº V-10.636.577, inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el N° 55.987, en su condición de apoderado judicial de las partes demandantes los ciudadanos JORGE ALONZO UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.499.061 y GERMELYS ELENA MEDINA GIL, titular de la cédula de identidad N° V-17.601.759.
SEGUNDO: INOFICIOSO la notificación a las partes, por cuanto las mismas se encuentran a derecho.
TERCERO:No hay condenatoria en costas por la naturaleza del asunto.
Publíquese, regístrese, y déjese copia conforme lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Esta.....