III.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la recusación propuesta por el abogado Hernán Antonio Hidalgo, apoderado judicial de la parte demandada, CONSTRUCTORA CATANI C.A., contra el juez del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de esta Circunscripción Judicial, Dr. LUIS RODOLFO HERRERA GONZALEZ, suscrita mediante diligencia del 29.11.2007 (F.01), en el juicio que por Cumplimiento de Contrato siguen los ciudadanos CARLOS ALFREDO RIVA RICO Y MARÍA CAROLINA RODRIGUEZ ESPINOZA contra la sociedad mercantil CONSTRUCTORA CATANI C.A., (expediente N° 5.677, Nomenclatura de dicho tribunal).
SEGUNDO: Se dispone, en consecuencia, que el mencionado juez debe seguir conociendo de dicho asunto, por.....