Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Vigésimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulado por los ciudadanos JAMIN ALBERTO MARTÍNEZ y KATIA AZUCENA CALI ÁLVAREZ, venezolano el primero y Ecuatoriana la segunda, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-20.801.213 y E-81.179.519 respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 17 de septiembre de 1991, por ante el Registro Civil del Municipio Chacao del estado Miranda, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 115 del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicha Autoridad Civil.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así mismo se acue.....