Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, el Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: HOMOLOGAR el acuerdo celebrado entre los ciudadanos DOUGLAS PRINCIPAL, RICARDO GUTIERREZ, SAUL ARROYO, RAMON RAMOS y RAFAEL COLMENAREZ titulares de las cedulas de identidad Nro. 19.114.876, 11.581.785, 18.922.063, 10.961.785 y 15.817.055, respectivamente y la demandada SEGURIDAD LA GUADALUPE C.A (SEGUACA), en los términos anteriormente expuestos.