Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la inhibición presentada por la profesional del derecho ALBA CRISTINA BALLESTEROS GUTIÉRREZ, en su carácter de Jueza Segunda de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Cabimas, mediante la cual se inhibe del conocimiento en el asunto penal No. VP11-P-2013-002897, iniciada en contra de la ciudadana GISBEYIN FIGUEROA, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES DE CARÁCTER LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código penal venezolano, en perjuicio de YUSMARIS DEL CARMEN SANDREA QUINTERO, de conformidad con lo establecido en los artículos en los artículos 89.7, 90 y 99 del Código Orgánico Procesal Penal.