III: DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos ROQUE JOSE CONIL SANCHEZ y MARIELA DEL CARMEN MORALES ACOSTA, anteriormente identificados, en fecha Veintinueve (29) de Marzo del año Dos Mil Ocho (2.008), Acta No. 27, Folios 54-55, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Eleazar López Contreras del Municipio Lagunillas del Estado Zulia.- Publíquese y Regístrese. Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en el artículo 72 ordinales 3º y 9º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 248 del Código de Procedimiento Ci.....