Este JUZGADO TERCERO EN FUNCIONES DE CONTROL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara responsable penalmente a los adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA) de Dieciocho (18) años de edad, de nacionalidad venezolano, natural del Estado Sucre, titular de la cédula de identidad N° 19.763.386, nacido el Dos (02)de Marzo de 1989 y (IDENTIDAD OMITIDA), de Quince (15) años de edad, de nacionalidad venezolano, natural de Caracas Distrito Capital, titular de la cédula de identidad N° V-20.745.603, nacido en fecha Veinticinco (25) de Septiembre de 1991, ambos hijo de RORAIMA NATASHA ACOSTA y PEDRO MARTÍNEZ, y residenciado en: CALLE NUEVA, SECTOR EL EMPUJE, CASA S/N, LOS TEQUES, ESTADO MIRANDA, por el delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto en los Artículos 5, en concordancia con el Art.....