En mérito de las razones expuestas precedentemente, este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de funcionarial ejercido por el abogado Rigoberto Zabala, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.045.623, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 34.406, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Zuleima Agreda González, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.827.256, contra el Instituto para la defensa a las personas en el acceso a los bienes y servicios (INDEPABIS) en consecuencia:
PRIMERO: Se ORDENA el pago de las prestaciones por antigüedad debidas al hoy querellante, calculadas desde la fecha de su ingreso al servicio del ente querellado, es decir, 17 de febrero de 2003, hasta el 04 de enero de 2011, fecha en la cual fue retirada del cargo .....