Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, actuando con la competencia atribuida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. PRIMERO: IMPROCEDENTE, la pretensión de tutela cautelar postulada por las ciudadanas HINARUD DEL CARMEN ESPAÑA, REINA IURIKA GUEDEZ Y NUVIA MARBELLY SANCHEZ venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-12.031.132, 16.454.306 y 6.602.919 respectivamente, contra el Municipio Miranda del Estado Carabobo por órgano de la Alcaldía del Municipio Miranda.
Publíquese, notifíquese a las partes y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho de este Tribunal, a los veinte (20) días del mes de enero de 2019, siendo las tres y quince minutos (3:15) de la tarde. Año 208º de la Independencia y 159º de la Federación.
El Juez Superior,
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