PRIMERO: Se confirma la decisión dictada el 16 de Junio de 2008 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área metropolitana de Caracas, en el juicio de nulidad de asamblea y resarcimiento de daños y perjuicios seguido por SINDICATO RIGA, S.A. en contra de las sociedades mercantiles HOBMA LIBROS C.A., PROPIEDADES ISLE DE FRANCE, C.A., VALORES VENAFIN S.A. y de los ciudadanos RICARDO MARIÑO VEGA, GUILLERMO ELIAS HOBAICA CORONIL, EDGAR EDUARDO EGUI BLANCO y JULIO DÁVILA CÁRDENAS, en cuyo dispositivo se estableció:
"...acogiendo el criterio vinculantes proferido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia de fecha 28 de noviembre de 2001...en el caso de Aeroexpresos Ejecutivos, declara la NULIDAD de todo lo actuado en el presente proceso desde el auto de admisión de la demanda; ordena la reposición de la causa al estado de nueva admisión de la demanda, e INADMITE la demanda que por.....