En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de daño material por accidente de tránsito, interpuesto por el ciudadano MANUEL ENRIQUE TUA AGUILAR, en contra del ciudadano JAVIER RAMON MADERO, ambos identificados en la parte superior de esta sentencia, en consecuencia:.
SEGUNDO: Se condena al ciudadano JAVIER RAMON MADERO a cancelar al ciudadano MANUEL ENRIQUE TUA AGUILAR, la cantidad de SEIS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS BOLIVARES (6.786.700,00), por concepto del daño material causado al vehículo propiedad del demandante.
TERCERO: La indexación de la cantidad señalada, por ser un hecho público y notorio, la pérdida del valor adquisitivo de la moneda en Venezuela, para lo cual se acuerda una expert.....