Este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, observa: Primero: impone al adolescente XXXXXXXXX; quien fue sancionado a la medida de REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de UN (01) AÑO, por la comisión del delito de ROBO GENÉRICO y LESIONES PERSONALES LEVES, previstos en los artículos 455 y 416 del Código Penal, respectivamente, en perjuicio de la ciudadana XXXXXXXXX. Segundo: Que el contenido de la sanción impuesta por el juzgado de juicio de la sección penal de adolescentes, para quien suscribe no es idónea con la actividad que actualmente está desempeñando el adolescente, quien manifestó que debe trabajar para lograr su sustento diario. Y además, que no ha conseguido una institución en la cual pueda realizar cursos que coadyuven a su crecimiento personal, aunado al hecho que el nivel educativo alcanzado por el adolescente, es de quin.....