este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo civil, Mercantil, tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de inserción de partida de nacimiento presentada por la ciudadana ANA MARIA. En consecuencia, téngase la presente sentencia como partida de nacimiento e inscríbase en los Libros de Nacimientos llevados por la Primera Autoridad Civil del Municipio Sucre del Estado Miranda, a quien se le ordena participar lo conducente, mediante oficio, que la ciudadana ANA MARÍA, de sexo femenino, nació en el Municipio Sucre del Estado Miranda, en fecha 01 de agosto de 1981, a las dos y diez de la tarde (2:10 PM), en el Hospital Materno Infantil del Este del Estado Miranda, y que es hija de la ciudadana MARIA ANGELICA RIVAS SANZ, venezolana, quien era indocumentada.