este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Control Nº 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTA CAUSA, a favor del imputado CRUZ ALEJANDRO GUERRERO, cédula de identidad Nº 9.359.014, residenciado en carretera Panamericana, sector La Fría, barrio Santa Eduvigis, casa 201, Estado Táchira, teléfono 0277-410010; por el delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 411 del Código Penal vigente para el momento de los hechos, figurando como víctima JOSÉ GREGORIO TORRES (occiso), cédula de identidad Nº 11.275.266, residenciado vía Santa Apolonia, sector La Pueblita, casa S/N, Estado Mérida; en aplicación de los artículos 318 numeral 3 y 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con el artículo 108 ordinal 5° del Código Penal.
SEGUNDO: No realizar la audiencia señalada en el artículo .....