En fecha 20-05-04, se trasladó y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Bejuma, Montalbán y Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a un inmueble ubicado en la carretera Chirgua Sector La Alcabala casa s/n, Chigua Edo. Carabobo, a señalamiento de los abogados Daniel González y Briseida Carvajal, con el fin de practicar la medida de Embargo Preventivo decretado por Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Bancario de la Circunscripción del Estado Carabobo. Encontrándose en el inmueble el ciudadano José Ángel Aldama Pulido notificándole la misión del Tribunal e igualmente se le dio un lapso de espera para que se comunicara con su abogado confianza y/o terceros que se consideren afectados con la medida. El Tribunal declaro embargo preventivo de los siguientes muebles, Una (1) máquina cortadora de grama, Una (1) horno microondas, Dos (2) jgos. De recibos, Una (1) mesa para televisor, Un (1) Equipo de sonido, Un (1)
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