En fuerza de los razonamientos antes expuestos esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, administrando Justicia, en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA INHIBICION planteada por la Abogada ILEANA VALBUENA GONZALEZ, Juez Segunda en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, para conocer la causa principal signada con el No. GP01-P-2004-00763 correspondiente al penado YONATHAN JOSE DUARTE AGUIAR , de conformidad con lo establecido en los numerales 4 y 8 del artículo 86 del Código orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 87 ejusdem.