ste JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en sede Contencioso Administrativa, Administrando Justicia y actuando en sede Contencioso Administrativa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el Recurso de Nulidad interpuesto por la la sociedad mercantil TRANSPORTE LOS ALMENDROS C.A., mediante la cual se pretende la nulidad de la Providencia Administrativa N° 347-2011, dictada en fecha 09 de agosto de 2011, por la Inspectoría del Trabajo Batalla de Vigirima de los Municipios Guacara, San Joaquín, Diego Ibarra y Los Guayos del Estado Carabobo, dictada por la Inspectoría del Trabajo Batalla de Vigirima, con competencia en Guacara, San Joaquín, Diego Ibarra y Los Guayos del Estado Carabobo.