cualquier de los casos del articulo 267 es apelable libremente".
En el caso bajo estudio, este Tribunal observa que en fecha 26 de Septiembre del año 2012, compareció el ciudadano Costantino Pugliares Morello, asistido por el abogado Giovanny Fabrizi, inscrito en el inpreabogado, bajo el Nº 38.170, mediante la cual pidió se de cumplimiento estricto al auto de fecha 06/06/2012, se desglose la compulsa y se practique la citación por correo, hasta la presente fecha, ha transcurrido holgadamente el lapso establecido en el articulo 267 del Código de Procedimiento Civil; en tal virtud encontrándose los supuestos de hecho examinados que encuadran en la norma prevista en el articulo ya mencionado, este JUZGADO VIGÉSIMO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PERIMIDA LA INSTANCIA en el juicio que por NULIDAD DE DOCUMENTO DE CONDOMINIO DE .....