De conformidad con el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se decreta como Medida Provisional la entrega o restitución de la niña ELIANNY THAIS DUN PEREZ, de 02 años y 09 meses de edad, a su madre LAURA VIRGINIA PEREZ COLMENARES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.102.381, residenciada en el Barrio Santa María del Municipio Guanare estado Portuguesa, según lo establecido en Jurisprudencia signada con el N° 766 de la Sala Constitucional, expediente N° 07-0130, de fecha 27-04-2007.
Para la ejecución de la Medida Provisional, se acuerda el traslado del Tribunal al hogar del ciudadano EDIZON JOSE DUN FERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N° 15.906.709, quien reside en el Barrio Santa María Sector 02, calle 05 de julio casa N° 401 del Municipio Guanare estado Portuguesa, a los fines de practicar la restitución de la niña en cuestión. En consecuencia, líbrese boleta de citación al demandado.
La Juez.....