Con fuerza a todo la antes expuesto esta Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR, el recurso ejercido por las ciudadanas IRIS MAESTRE DE ARANGUREN y NORA BEATRIZ AÑEZ PEREZ, Defensoras Privadas de los ciudadanos JOSÉ ALBERTO SANTOS CRUZ, ALEXIS SANCHEZ y LESLIE NEREIDA ORTIZ, en contra de la Decisión proferida por el Juzgado Cuadragésimo Tercero (43°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 30 de abril de 2011, mediante el cual acordó Medida Privativa Preventiva de Libertad, en contra de los ciudadanos identificados con anterioridad, de conformidad con lo establecido en el artículo 250, numerales 1°, 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artículos 251 numerales 1°, 2°, 3° y parágrafo primero de la misma norma .....