En la presente demanda por daños y perjuicios esta Corte declaró: CORRIGE el error material involuntario cometido en la sentencia Nº 2013-1031 de fecha 6 de junio de 2013, en cuanto a que la presente causa no se trata de una medida cautelar de suspensión de efectos, como se dijo previamente, sino que la misma, es una demanda por daños y perjuicios.