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DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones antes expuestas esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARAR PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los profesionales del derecho ALEJANDRO SANCHEZ VOLCANES y FANNY CABARCAS, en su carácter de Defensores Públicos Noveno (9°) Penal Provisorio y Auxiliar, respectivamente, actuando en defensa del ciudadano VARGAS WILSON DAVID, conforme a lo establecido en el artículo 439 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión dictada en fecha 03 de julio del año 2015, con ocasión a la celebración de la Audiencia Oral para Oír al Imputado, por el Juzgado Vigésimo Quinto (25°) en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó medida judicial preventiva privativa de libertad, de conformidad con lo es.....