PRIMERO: CON LUGAR la nulidad de la Providencia administrativa Nº 02810 de fecha 30 de septiembre de 2014, emanada de la Inspectoría del Trabajo sede Pío Tamayo; en procedimiento de Calificación de Faltas contra el ciudadano MAICKAEL NOÉ ARROYO PÉREZ, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-14.978.377.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo.
TERCERO: Se ordena la inmediata reincorporación del ciudadano MAICKAEL NOÉ ARROYO PÉREZ, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-14.978.377 al cargo que venia ocupando en la sociedad mercantil Inversiones Milazzo C.A. en las mismas condiciones. Asimismo, se ordena el pago del salario, beneficio de alimentación y demás beneficios legales y/o contractuales dejados de percibir, con los sucesivos aumentos que se hubieren causado desde la fecha del despido hasta la fecha de su efectiva reincorporación.