PRIMERO: Se declara INADMISIBLE el recurso de nulidad del acto administrativo de efectos particulares incoado por SINDICATO SOCIALISTA DE LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LA EMPRESA KRAFT FOOD VENEZUELA (SISOTRAKRAFT), contra la Providencia administrativa Nº 208, emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Lara sede José Pedro Pascual Abarca, de fecha 07 de marzo de 2017, de conformidad con el artículo 35 numeral 4º de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Así se decide.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas.