En consecuencia, definitivamente firme como se encuentra la Sentencia Interlocutoria con Fuerza de Definitiva Nº 058/2017 de fecha 15 de junio de 2017, a través de la cual se declaró la EXTINCIÓN DEL PROCESO POR PÉRDIDA DEL INTERÉS, en el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil "C.A. CEMENTOS TÁCHIRA", y habiendo transcurrido el lapso para el cumplimiento voluntario, este Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la FALTA DE JURISDICCIÓN en la presente causa y ORDENA remitir el expediente a la Gerencia General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), a los fines de su ejecución.
Líbrese oficio y remítase el expediente a la Coordinación Judicial de los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributario del Área Metropolitana de Caracas, para su entrega definitiva a través de la Unidad de Actos de.....