Por todos los razonamientos expuestos, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, dicta los pronunciamientos siguientes:
Primero: DECLARA LA NULIDAD, conforme a lo preceptuado en el encabezamiento del artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal, de la sentencia definitiva publicada el 29 de marzo de 2007, de las audiencias celebradas el 27 de febrero, 6, 13 y 15 de marzo de 2007, por el Juzgado Vigésimo Cuarto de Juicio de este Circuito Judicial Penal, quien absolvió al ciudadano Rafael Ángel Molina Ramírez, por la presunta comisión del delito de robo agravado en grado de continuidad y porte ilícito de arma de fuego, sancionados en los artículos 458 en relación con el último aparte del artículo 80, y 277, todos del Código Penal, ello por considerar que el fallo recurrido carece de toda motivación, de conformidad con lo establecido en los artí.....