Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, y de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la defensa perentoria de falta de cualidad de la parte actora, opuesta por el Dr. FRANCISCO MELET, en su carácter de apoderado judicial de la co-demandada ANA CENOBIA CARDENAS DE VERA.- SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por el Dr. JOSE MORIN INFANTE, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ANA TEOTISTE CARRILLO DE VERA, contra la sentencia definitiva dictada el 27 de febrero de 1978, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de esa Circunscripción judicial.- TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana ANA TEOTISTE CARRILLO DE VERA, hoy representada por sus herederos, ciudadanos PEDRO GERARDO MEDINA CARRILLO, JOSE ANTONI.....