Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la INCOMPETENCIA POR EL TERRITORIO para conocer del presente juicio contencioso tributario y, en consecuencia, declina la competencia en el Tribunal Superior Contencioso Tributario de la Región Oriental con sede en Barcelona, Estado Anzoátegui con competencia territorial en las Circunscripciones Judiciales de los Estados Anzoátegui, Monagas, Sucre, Nueva Esparta y en las Dependencias Federales, y así se declara.