Con fundamento en lo precedentemente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: Con lugar la demanda de Colocación Familiar, presentada por los ciudadanos Elbys Díaz y Ana Cecilia Ocanto de Díaz, ya identificados, contra los ciudadanos Carmen Julia Pereira Sánchez y José Antonio Colmenarez, ya identificados, a favor de la niña (OMITIDO ART. 65 LOPNNA). En consecuencia, se dicta la medida temporal de Colocación Familiar solicitada y se otorga la Responsabilidad de Crianza a los ciudadanos, Elbys Díaz titular de la cédula de identidad Nº 10.763.821 y Ana Cecilia Ocanto de Díaz, titular de la cédula de identidad Nº 12.450.303, sobre la niña, quienes deberán velar por su bienestar moral y económico, asumir su crianza y ser responsables de ella .....