el Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 318 numeral 3 y 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA iniciada contra los ciudadanos CARLOS SEGUNDO DIAZ ANTÓN, con Cédula de Identidad N° 15.740.487, con domicilio en Cantarrana, primera entrada, casa sin número, Cumaná, Estado Sucre, y MIGUEL ADRIAN SILVEIRA RIVERO, titular de la cédula de identidad N° 23.582.323, con domicilio en Cantarrana, primera entrada, casa sin número, Cumaná, Estado Sucre; por el delito de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos JOSE GUILLERMO CASTAÑEDA, titular de la cédula de identidad N° 8.644.850, con domicilio en la tercera calle de Cantarrana, Villa Bolivariana, casa N° 1, Municipio Sucre del Estado Sucre, y YOLANDA MERCEDES GONZÁLEZ.....