-IV-
DECISIÓN
Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185 formulada por los ciudadanos, DANIEL ASCIONE MARTINEZ y GIUSEPPINA ARCURI PRIMAVERA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-18.837.452 y V-19.556.395, respectivamente. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 28 de octubre de 2016, por ante el Registro Civil de la Parroquia El Cafetal, Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda, según Acta No. 2, Folio 2, del Libro de Registro Civil número 2 del año 2016, llevado por dicha Autoridad Civil.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a la parte interesada. Asimismo, se acuerda notificar a las autoridades corresp.....