Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley declara Inadmisible la demanda por Cobro de Honorarios Profesionales mediante el procedimiento intimatorio, interpuesta por la abogada Estilita Ruiz González, contra la ciudadana Laury Carolina Díaz Contreras, antes identificada.
Dada, sellada y firmada en la sala del despacho de este Tribunal en la ciudad de Puerto Cabello, estado Carabobo, a los veinte días del mes de julio de 2022, siendo las 02:00 de la tarde. Años 212° y 163°. Publíquese, regístrese, anótese en los libros respectivos. Déjese copia de la sentencia de manera digital.
La Jueza La Secretaria
Marisol Hidalgo G.....