PRIMERO: de conformidad con lo dispuesto en el encabezamiento del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, ADMITE el recurso de apelación interpuesto por los Abogados WILFREDO JOSE BETHELMY TINEO y JOSE BELTRAN ROMERO BETHELMY, Defensores del ciudadano JOSE JULIO RODRIGUEZ BETHELMY, en contra de la decisión dictada el fecha 21 de julio de 2010 por el Juzgado Trigésimo Octavo (38°) de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al prenombrado ciudadano, de conformidad con lo establecido en los tres numerales del artículo 250, así como en los artículos 251 numerales 2° y 3° y parágrafo primero y, 252 numeral 2, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de Peculado Doloso, previsto y sancionado en el artículo 52 de la Ley Contra la Corrupción y, Asociación para Delinquir, previsto y sancionado en el artículo 6, en relación con el numer.....