este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función Primero de Control, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la solicitud de libertad interpuesta por la Abogada EGLYS YANITZA TENORIO BENITEZ, en su carácter de Defensora Privada del ciudadano WILMER JOSÉ GÓMEZ GONZÁLEZ, por la presunta comisión del delito de TRÁFICO Y COMERCIO ILÍCITO DE RECURSOS O MATERIALES ESTRATÉGICOS, previsto y sancionado en el artículo 34 DE LA LEY Orgánica Contra la delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO.