haciéndose reciprocas concesiones, las partes convienen en fijar con carácter transaccional, como monto definitivo de todos y cada uno de los conceptos que le corresponden y/o pudieren corresponderle a La DEMANDANTE, contra la DEMANDADA la cantidad de Bs. 1.000.00000 que serán cancelados en este acto en cheque de Gerencia numero 00407790, contra el Banco de Venezuela a nombre de Katri Avilez Rios , no endosable
V
ACEPTACIÓN DEL ACUERDO
La TRABAJADORA es interrogada por la Juez, ¿Usted comparece y actúa en este acto libre de constreñimiento? El cual contesto si actuó libre de constreñimiento y acepto el acuerdo en los términos antes expuestos, y en Consecuencia, nada tengo que reclamar a la DEMANDADA por los conceptos especificados en el libelo de demanda, ni por ningún otro concepto relacionado con las prestaciones sociales y demás conceptos objetos de la demanda
VI
DE LA HOMOLOGACIÓN
Este Tribunal en vista de qu.....