DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor de los ciudadanos ENDERSON MANUEL OCHOA SULVARAN, titular de la cédula de identidad N° V- 13.193.034, y FRANCISCO JAVIER REYES HEREDIA, titular de la Cédula de Identidad N° V- 14.414.970, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 274 del Código Penal, en relación con el artículo 3 de la Ley de Armas y Explosivos; de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Diarícese. Notifíquese a las Partes. Remítase el presente asunto en su debida oportunidad, al Archivo Central de esta Extensión Judicial. Cúmplase. Dad.....