DISPOSITIVO
En orden a los razonamientos expuestos éste Juzgado Segundo de Juicio Primera Instancia del Trabajo Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano FELIX SALAZAR PRADO Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero 15.088.069, representado por la abogada MERCEDES HERRERA. Inscrita en el Inpreabogado bajo el número 99.645. Procuradora de trabajadores en contra de loa empresa MAN-0 LIN C.A, Inscrita en el registro Mercantil Segundo de la Circunscripción judicial del Estado Carabobo, de fecha 10 de Diciembre 197, bajo el numero 50, tomo 138-A, representada por la abogada BETTY CONTRERA DE HERRERA inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 34.776